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SUBVENCIONES


  •  SUBVENCIONES EN ÁREA DE DISCAPACIDAD
    Convoca: Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad
    Objeto: Apoyar el movimiento asociativo y fundacional de las personas con discapacidad, facilitando la disponibilidad de medios básicos precisos para el cumplimiento de sus objetivos. El mantenimiento incluye la financiación de los gastos derivados del local en el que se ubique la sede social de la entidad y comprende: gastos corrientes en bienes y servicios, obras de conservación, mantenimiento, incremento del valor patrimonial de dichos inmuebles, así como suministros, material fungible de oficina y ofimática, correo y otros análogos. El funcionamiento y actividades habituales de la entidad incluyendo los gastos derivados del personal de la misma, de las reuniones de los órganos de gobierno, de la difusión, información, orientación y asesoramiento dirigidos a sus asociados y al colectivo de atención, con exclusión de los gastos derivados de las sedes o representaciones locales y entidades que la integran
    Requisitos: Que las obras estén destinadas a la sede social de la entidad exclusivamente. Que se acredite que las actividades habituales de la entidad se realizan básicamente por los propios miembros y/o personal de la misma
    Prioridades: Los gastos básicos producidos por el mantenimiento y funcionamiento de federaciones y confederaciones. Las actividades habituales de atención directa a personas con discapacidad en situación de gran dependencia o dependencia severa. Las actividades que fomenten la mejora y modernización del movimiento asociativo y que incrementen la calidad de sus servicios
    Plazo: Treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Estado
    Lugar: Sede central del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. C/ Agustín de Bethencourt, nº 4, 28003 Madrid
    Publicación: B.O.E. de 29 de marzo de 2008
  • SUBVENCIONES EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES 2008
    Convoca: Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familia y Discapacidad
    Objeto: Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de actuaciones sociales dirigidas a favorecer la inclusión social y a apoyar el movimiento asociativo y fundacional del pueblo gitano y voluntariado. La finalidad de las subvenciones es respaldar a las entidades que operan en el ámbito social desde una perspectiva organizativa o institucional para fomentar o potenciar la posterior actividad de protección social que han de desarrollar
    Beneficiarios: Entidades u organizaciones no gubernamentales que estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo a la fecha de publicación de esta convocatoria, que tengan implantación estatal según su título constitutivo, carezcan de fines de lucro (a estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro a aquellas que desarrollen sus actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas, se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales) Deberán tener como fines institucionales primordiales, en concordancia con los fines establecidos en sus estatutos y con carácter prioritario y habitual, la realización de actuaciones y actividades de acción social relacionadas con alguna de las siguientes áreas y colectivos:
    a) el desarrollo de la comunidad gitana, la promoción de la igualdad de trato y la lucha por la no discriminación del pueblo gitano. b) Tener ámbito de actuación transversal y que sus fines institucionales primordiales, en concordancia con los fines establecidos en sus estatutos y con carácter prioritario y habitual, sean la realización de actuaciones en relacion con colectivos en riesgo de exclusión social
    Plazo: Treinta días a contar desde el siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Estado
    Lugar: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Calle Agustín de Bethencourt, 4, 28003 Madrid
    Más información: Tel: (91) 363-73-61. Fax: (91) 363-74-35. Correo electrónico: ongv@mtas.es
    Publicación: Boletín Oficial del Estado de 26 de marzo de 2008
  • AYUDAS PARA ESTANCIAS EN ARAGÓN PARA ESTUDIOS 2008-2009
    Convoca: Vicepresidencia del Gobierno de Aragón
    Objeto: Convocar subvenciones y establecer las bases reguladoras de las mismas para estancias de aragoneses y descencientes de aragoneses residentes en determinados países americanos para la realización de estudios universitarios en centros aragoneses, durante el curso académico 2008/2009: estudios relacionados con los programas de doctorado de la Universidad de Zaragoza, estudios propios aprobados e impartidos en la Universidad de Zaragoza, cuya oferta para el curso 2008/2008 puede consultarse en http::/www.unizar.es/servicios, estancias de hasta cuatro meses de duración para la realización de trabajos de investigación concretos y determinados en departamentos o institutos de investigación de la Universidad de Zaragoza
    Requisitos: Ser aragonés o descendiente de aragoneses. A tal efecto, tendrán esta consideración los nacidos en Aragón y sus descendientes, así como los que, conservando la nacionalidad española, hayan tenido su vecindad administrativa en Aragón y sus descendientes. Tener residencia en Argentina, Brasil, Chile, Cuba, Perú o Venezuela. Ser mayor de edad y tener menos de 35 años. Haber finalizado dentro de los últimos cinco años estudios oficiales de de Grado y obtenido el título oficial de Arquitecto, Licenciado o Ingeniero en sus respectivos países. Cumplir los requisitos establecidos en la normativa aplicable de la Universidad de Zaragoza
    Dotación: Alojamiento y manutención: A estos efectos, la ayuda podrá consistir en la gratuidad de la estancia y manutención en un Colegio Universitario si existe disponibilidad de plazas de acuerdo con las características del estudio elegido y contando con la aceptación del interesado, abonándose al Colegio Universitario directamente por las instituciones patrocinadoras el coste de dichos servicios. En otro caso, las ayudas tendrán una asignación mensual de setecientos euros durante los meses de estancia en la Universidad de Zaragoza, en concepto de alojamiento y manutención. Ayuda de viaje: los becarios recibirán una ayuda para los gastos de viaje de ida y vuelta con un límite máximo de mil euros. En todo caso, la cuantía concreta asignada no sobrepasará el gasto real que se acredite. El pago se efectuará a la presentación del correspondiente billete. En cuanto a los gastos de matrícula, en el caso de estudios de Doctorado, la Universidad de Zaragoza concederá a cada becario la exención de todo tipo de tasas académicas y administrativas que se deriven de los e studios realizados y de la obtención de los correspondientes certificados y títulos, si ha lugar, conforme a la normativa vigente. En el caso de cursar estudios propios de la Universidad de Zaragoza, la ayuda económica podrá ascender a la totalidad o parte del coste de la matrícula, según su cuantía, sin que pueda exceder de tres mil euros. De ser superior dicho coste, la diferencia deberá ser pagada por el receptor de la ayuda. Seguro médico: los becarios estarán incluidos en el régimen de seguro escolar, siempre que su edad sea inferior a 28 años y tengan la nacionalidad española. El Gobierno de Aragón suscribirá, con cargo a sus presupuestos, un seguro de accidente y un seguro sanitario para los becarios
    Plazo: 24 de abril
    Lugar: Servicio de Comunidades Aragonesas en el Exterior (Vicepresidencia del Gobierno de Aragón del Gobierno de Aragón, Paseo María Agustín, 36, 50004 Zaragoza)
    Publicación: Boletín Oficial de Aragón de 17 de marzo de 2008
  • AYUDAS PARA TESIS DOCTORALES
    Convoca: Consejo Superior de Investigaciones Científicas y Fundación "La Caixa", en virtud del convenio suscrito entre ambas entidades
    Objeto: Desarrollar el Programa Internacional de Becas "La Caixa" para cursar un doctorado en el Centro Nacional de Biotecnología (CNB) del CSIC
    Número de becas: Diez becas a desarrollar en el Centro Nacional de Biotecnología del CSIC, destinadas a la obtención del título de Doctor en un período máximo de cuatro años
    Plazo: Veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el B.O.E.
    Beneficiarios: Estudiantes españoles y extranjeros que hayan finalizado sus estudios universitarios que cualifican para el inicio de un programa de doctorado (incluido el máster), con posterioridad al 31 de octubre de 2004. Las becas no podrán ser concedidas a estudiantes, investigadores o doctorandos que hayan desarrollado, a la fecha de publicación de esta convocatoria, su labor investigadora en el Centro Nacional de Biotecnología, ya sea a través de un contrato laboral o a través de una ayuda de formación durante más de tres meses
    Duración de las ayudas: 48 meses
    Dotación económica: Una ayuda anual por importe de dieciocho mil euros brutos durante los dos primeros años (periodo de la beca). Dicha cuantía será adjudicada di rectamente por el CSIC a los adjudicatarios, distribuyéndose el importe total en doce mensualidades idénticas que, en ningún caso, tendrán la consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación. Un salario bruto anual de veintiseis mil setecientos euros durante los años tercero y cuarto (periodo de contrato) Dicho salario se recibirá por el beneficiario en catorce mensualidades. Una dotación anual en concepto de ayuda de estancia y viaje por importe de mil quinientos euros cada uno de los dos años de beca y de mil setecientos euros cada uno de los dos años de contrato. Será también por cuenta del CSIC el pago de los cursos del programa de doctorado que sean necesarios para la obtención del mismo, en los que se matricule o esté matriculado el beneficiario durante el disfrute de la ayuda
    Solicitudes: CNB. C/ Darwin, 3, Cantoblanco 28049 Madrid
    Período de disfrute: Los candidatos seleccionados como beneficiarios deberán incorporarse al Centro con efectos del primer día de los meses de septiembre u octubre de 2008
    Publicación: B.O.E. de 24 de marzo de 2008



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